El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), recientemente, ha emitido una importante sentencia (C-561/21) el 25 de abril de 2024, que redefine el plazo de prescripción para que los consumidores puedan reclamar la devolución de los gastos hipotecarios que pagaron indebidamente. Según esta sentencia, el plazo para que los afectados puedan presentar su reclamación no comenzará a contar hasta que se declare la nulidad de la cláusula abusiva en cuestión.
Esto significa que los consumidores que hayan pagado gastos de formalización de hipotecas bajo cláusulas abusivas no serán penalizados por no haber actuado antes. La sentencia recalca que muchos consumidores no eran conscientes de que estas cláusulas eran ilegales, y por tanto, no podían haber presentado una reclamación previamente. En consecuencia, esta decisión garantiza que los derechos de los ciudadanos no se vean vulnerados por la falta de información o por el tiempo transcurrido desde la firma de la hipoteca.
Este fallo resulta crucial para quienes firmaron contratos hipotecarios y asumieron gastos que no les correspondían, como los de notaría, registro o gestoría. El TJUE protege a los consumidores, permitiéndoles reclamar incluso años después de haber asumido dichos costos, siempre que la nulidad de la cláusula abusiva sea confirmada.
¿Cómo me afecta esta sentencia?
Si has firmado una hipoteca y has pagado los gastos de formalización, esta sentencia puede tener un impacto directo en tu caso. En DC Abogados, podemos analizar tu situación y, si procede, iniciar una reclamación contra el banco para recuperar las cantidades pagadas indebidamente. Ahora, con esta nueva directriz, no estás limitado por los plazos anteriores para iniciar el proceso de reclamación.